Acerca de publicación duplicada

Rev Cubana Pediatr. 2017;89(2)

CARTA AL EDITOR

 

Acerca de publicación duplicada

 

About the duplicated publication

 

 

Luis Alberto Méndez Rosado

Centro Nacional de Genética Médica. La Habana, Cuba.

 

 


 

Estimada editora:

En 1969 se proclamó la regla Ingelfinger por Franz Joseph Ingelfinger, editor en jefe de la revista The New England Journal of Medicine. Esta regla estipula que un manuscrito solo podía ser considerado para publicación si su contenido no había sido publicado previamente.1,2 El término publicación duplicada o redundante, ha sido definido por el Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas (CIERM) como la publicación de un artículo que "se solapa o coincide sustancialmente con uno ya publicado en versión impresa o electrónica".3

Al respecto, en los Requisitos de uniformidad para manuscritos enviados a revistas biomédicas: redacción y preparación de la edición de una publicación biomédica, se dice:

"La mayoría de las revistas biomédicas no toman en consideración los manuscritos que simultáneamente se han enviado a otras revistas. Entre las principales consideraciones que han conducido a esta política se incluyen: 1) las posibilidades de desacuerdo cuando dos o más revistas exigen el derecho a publicar un manuscrito que ha sido enviado simultáneamente a más de una; y 2) la posibilidad de que dos o más revistas emprendan, innecesariamente y sin saberlo, el trabajo de evaluación, editen el mismo manuscrito y publiquen el mismo artículo".4

Teniendo en cuenta las implicaciones éticas serias que tiene una publicación duplicada, me encuentro en el deber de informar como primer autor el lamentable equívoco sucedido con la publicación del artículo Severos trastornos neurológicos y malformaciones en una niña con monosomía del cromosoma 21, de los autores: Luis Alberto Méndez-Rosado, Gisela Noche González, Tatiana Zaldívar Vaillant, Luanda Maceiras Rosales y Yomisleydy Bravo Álvarez, aparecido recientemente en el número 4, del volumen 88, de la Revista Cubana de Pediatría (octubre-diciembre 2016).

El 24 de agosto de 2015, como autor principal de este artículo, lo envié a la Revista Chilena de Psiquiatría & Neurología de la Infancia y Adolescencia, a los editores doctor Tomas Mesa y doctora Marta Hernández. De este envío no me llegó acuse de recibo. El día 25 de agosto insistí para saber si la publicación había llegado a estos editores, pero tampoco recibí respuesta alguna. Pasaron más de tres meses sin recibir comunicación de los editores de esta revista. Este hecho me hizo pensar que nunca habían recibido el artículo para su publicación. Ante esta situación, como primer autor, decido enviar el trabajo a la Revista Cubana de Pediatría, el día 30 de noviembre de 2015. El proceso editorial en esta revista ha sido excelente y riguroso. Recientemente, en el último número de la Revista Cubana de Pediatría, salió publicado el artículo en cuestión.

En una revisión de rutina que realicé de mi perfil en el Google Scholar Citations quedé sorprendido al ver que el artículo fue publicado en diciembre por la citada revista chilena (Rev Chil Psiquiatr Neurol Infanc Adolesc. 2015; volumen 26, No. 3, de Diciembre de 2015). A mi juicio, las irregularidades en el proceso editorial de esta revista de Chile, que condujeron a la publicación de este trabajo, estuvieron dadas por la no comunicación a ninguno de los autores de acuse de recibo, el no envío de los resultados de arbitrajes, ni la confirmación de que el artículo había sido aceptado en tal revista, como tampoco las pruebas de páginas habituales que se realizan durante el proceso editorial.

Todo esto es muy inusual para mí, pues tengo 46 publicaciones nacionales e internacionales, realizadas a lo largo de mi trabajo, en el que llevo años de entrega y dedicación con seriedad y respeto. Aun cuando tengo responsabilidad en lo sucedido, porque debí retirar el artículo de esta revista al no obtener respuesta, sinceramente, nunca imaginé que nuestra propuesta para publicación hubiese sido recibida en Chile, sin ponerlo en mi conocimiento.

Lamento mucho lo sucedido, siento que he fallado a los editores de esta prestigiosa Revista Cubana de Pediatría, que tanto se esfuerzan por lograr el lugar cimero que tiene esta publicación en Cuba e internacionalmente. Les pido disculpas por lo sucedido, y reitero que nuestra intención no ha sido violar los principios éticos que caracterizan a los autores de este trabajo.

 

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. Gleckman RA, Madoff MA. Definition of "sole contribution". N Engl J Med. 1969;28:676-7.

2. RelmanAS. The Ingelfinger rule. N Engl J Med. 1981;305:824-6.

3. Angell M, Relman AS. Redundant publication. N Engl J Med. 1989;320:1212-4.

4. Rojas-Ochoa F. Publicación duplicada o redundante. Rev Cubana Salud Pública [serie en Internet]. 2006 dic [citado 22 de Octubre de 2016];32(4). Disponible en: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-34662006000400002&lng=es&nrm=iso&tlng=es

 

 

Recibido: 24 de octubre de 2016.
Aprobado: 7 de noviembre de 2016.

 

 

Luis Alberto Méndez-Rosado. Centro Nacional de Genética Médica. Avenida 31, esquina 146, # 3 102, reparto Cubanacán, municipio Playa. La Habana, Cuba. Correo electrónico: albermen@infomed.sld.cu

 

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